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Mercado secundario VTC · España 2026

Comprar una Licencia VTC: La Única Vía Real Donde No Hay Concesión Abierta

No se conceden licencias nuevas en Andalucía, la Comunitat Valenciana, Canarias, Illes Balears, la Comunidad de Madrid y Barcelona. Para operar en esas plazas, el mercado secundario es la única alternativa: el cierre de una licencia interurbana va de 10.000 € en Badajoz o Cáceres a 180.000 € en Illes Balears, y el de una urbana, de 58.000 € en Alicante a 230.000 € en Illes Balears, con transferencia inscrita en el Registro en 15-30 días hábiles.

Due diligence jurídica incluidaGestión completa hasta inscripción en Registro

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Métricas del mercado VTC

95.000–120.000 €

Cierre interurbana en Madrid

Índice de mercado · agosto 2026

70.000–95.000 €

Cierre interurbana en Barcelona

Índice de mercado · agosto 2026

10.000–180.000 €

Rango nacional de cierre interurbana

Sin media nacional útil · consulta tu provincia

Precios actualizados

¿Cuánto cuesta comprar una licencia VTC en 2026?

El cierre de una licencia sola va desde unos 10.000 € en provincias pequeñas hasta más de 180.000 € en los mercados con moratoria —y hasta 230.000 € si la habilitación es urbana—. No existe un precio medio nacional útil: consulta el rango de tu provincia.

ProvinciaCierre interurbanaCierre urbana
Madrid95.000–120.000 €120.000–160.000 €
Barcelona70.000–95.000 €100.000–125.000 €
Valencia42.000–60.000 €65.000–85.000 €
Sevilla65.000–95.000 €100.000–130.000 €
Málaga75.000–105.000 €115.000–150.000 €
Bizkaia38.000–55.000 €Sin mercado urbano diferenciado
Zaragoza26.000–38.000 €85.000–115.000 €

* Son cierres estimados a partir de anuncios activos con el descuento de negociación aplicado y contrastados con rangos de intermediarios, no precios de anuncio ni operaciones propias (fuente: índice de mercado de Licencias VTC España, agosto 2026). Solicita una valoración personalizada para tu provincia.

Gestión completa

¿Cómo funciona el proceso de compra?

El proceso completo dura entre 15 y 30 días hábiles desde el acuerdo hasta la inscripción en el Registro de Transportistas. A continuación, los seis pasos.

  1. Selección y análisis de la licencia

    Identificamos las licencias disponibles en tu provincia y realizamos una auditoría previa: ITV al corriente, sin cargas administrativas y vehículo adscrito en situación regular.

  2. Negociación y acuerdo de precio

    Negociamos las condiciones con el vendedor. Fijamos precio, forma de pago y plazos en un preacuerdo privado que protege a ambas partes.

  3. Due diligence jurídica y administrativa

    Verificamos ante la Dirección General de Transportes la situación actualizada: vigencia, sanciones pendientes, estado del vehículo y cumplimiento del RD 1057/2015.

  4. Firma del contrato de compraventa

    Formalizamos el contrato privado de transmisión de titularidad con cláusulas de garantía, calendario de pago y responsabilidades ante la Administración.

  5. Pago y entrega de documentación

    El pago se realiza por transferencia bancaria o depósito notarial. El vendedor entrega la documentación original, el certificado ITV y el historial de la autorización.

  6. Transferencia de titularidad y alta en Registro

    Presentamos el expediente ante la Comunidad Autónoma para el cambio de titular. La licencia queda inscrita a tu nombre en el Registro de Transportistas.

Checklist

¿Qué documentación necesitas?

Dos bloques: el tuyo como comprador y el de la licencia que vas a adquirir. Te ayudamos a preparar todo.

Documentación del comprador

  • DNI o NIE en vigor (fotocopia compulsada)
  • Alta en el REAT (Registro de Empresas y Actividades de Transporte)
  • Alta en el IAE en el epígrafe correspondiente
  • Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
  • Alta como autónomo o constitución de sociedad mercantil

Documentación de la licencia

  • Título original de la autorización VTC expedida por la Comunidad Autónoma
  • Ficha técnica y permiso de circulación del vehículo adscrito
  • ITV en vigor (inspección técnica del vehículo)
  • Seguro obligatorio del vehículo al corriente de pago
  • Certificado de no tener sanciones firmes pendientes
  • Declaración del vendedor de que la licencia está libre de cargas

Si la licencia lleva tiempo sin actividad, puede requerir un proceso de rehabilitación previo. Lo verificamos antes de cerrar cualquier operación.

¿Tienes dudas sobre la documentación necesaria? Nuestros gestores te ayudan con el trámite sin coste adicional.

Comparativa

¿Por qué comprar en lugar de solicitar una licencia nueva?

Comprar es la única vía real para operar en menos de 3 meses donde no hay concesión abierta. Está suspendida en Andalucía y la Comunitat Valenciana, y en moratoria en Canarias, Illes Balears, la Comunidad de Madrid y Barcelona: en esos territorios no se admiten solicitudes nuevas y la vía de acceso es el mercado secundario.

CriterioComprar licencia VTCSolicitar licencia nueva
Coste inicial
10.000 € – 180.000 € interurbana · hasta 230.000 € urbana
Tasas: 100 € – 500 €
Tiempo hasta operar
15 – 30 días hábiles
18 meses – 4 años (si se concede)
Disponibilidad en moratoriasCrítico
Inmediata — mercado activo
Muy limitada — moratorias vigentes
Riesgo de no obtenerla
Bajo (operación de mercado)
Alto — moratoria en Madrid y BCN, Andalucía suspendida
Seguridad jurídica
Alta con due diligence
Alta (concesión directa)
Financiación posible
Sí, con garantías sobre el activo
No aplica
Recomendado para
Quien necesita operar ya
Provincias con la concesión abierta

¿Tu provincia no tiene moratoria activa? Consulta cómo solicitar una licencia VTC nueva →

Nota legal: Está suspendida en Andalucía y la Comunitat Valenciana, y en moratoria en Canarias, Illes Balears, la Comunidad de Madrid y Barcelona: en esos territorios no se admiten solicitudes nuevas y la vía de acceso es el mercado secundario. Por eso la compra en el mercado secundario es hoy la única alternativa práctica para operar en esas plazas. En Cantabria, Girona, Lleida y Tarragona el trámite sigue vivo, pero con requisitos que en la práctica dejan fuera al proyecto individual; y en Ceuta, Melilla y Navarra hay que contrastar el régimen vigente antes de tramitar. Fuente: LOTT y normativa de las Comunidades Autónomas (agosto 2026).

Antes de firmar

¿La licencia que compro me obliga a un vehículo concreto?

Puede, y depende de cuándo y por qué vía se otorgó la autorización. No es un requisito general de la compraventa: es una cláusula que viaja con algunas autorizaciones. Lo que sigue es lo que hay que comprobar antes de cerrar la operación, no una regla que se aplique a todas las licencias.

El mecanismo: una excepción que se queda pegada a la autorización

Una autorización VTC otorgada por la excepción del artículo 99.5.a) de la LOTT —es decir, concedida porque el vehículo era eléctrico de batería (BEV), de célula de combustible (FCEV) o de hidrógeno (HICEV)— queda ligada a esa categoría: según el mismo artículo, «la autorización únicamente habilitará a efectuar servicios de arrendamiento con conductor si el vehículo adscrito a la misma está incluido en alguna de estas categorías». Esa vinculación viaja con la autorización, no con el titular. Si compras una licencia otorgada por esa vía, el vehículo que adscribas tendrá que ser de una de esas categorías. Si la licencia se otorgó antes del Real Decreto-ley 5/2023 o por otra vía, la excepción no fue su vía de otorgamiento; cómo se le aplica hoy el criterio ambiental lo decide la comunidad que la domicilia. Por eso la fecha y la vía de otorgamiento son lo primero que hay que comprobar, no darlo por supuesto. El detalle del criterio ambiental —por qué se deniegan autorizaciones nuevas y qué vehículos quedan fuera— está en la guía de solicitud, apartado del vehículo elegible.

La autorización es por vehículo

La Comunidad de Madrid lo escribe así en su página oficial: «La Administración concede una autorización por vehículo» y el titular puede sustituirlo «siempre que los nuevos cumplan los mismos requisitos de titularidad, potencia fiscal, longitud, antigüedad y clasificación ambiental». Comprar una licencia es comprar una autorización con un vehículo adscrito y unas condiciones que el siguiente vehículo tiene que mantener.

Qué comprobar antes de firmar

  1. Fecha de otorgamiento y vía. Si la autorización se otorgó a partir del 30 de junio de 2023 (entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2023) en una comunidad que solo concedía por la excepción del 99.5.a), puede estar vinculada a un vehículo BEV, FCEV o HICEV. Si es anterior, la excepción no fue su vía de otorgamiento, y cómo se le aplica hoy el criterio ambiental lo decide la comunidad. Pide al vendedor la resolución de otorgamiento: es el documento que lo dice.
  2. Consulta el REAT. El Registro de Empresas y Actividades de Transporte es público en cuanto a títulos en vigor (artículo 53 de la LOTT). La consulta pública CREAT del Ministerio de Transportes «permite obtener información de los títulos habilitantes en vigor […] así como de los vehículos inscritos en el Registro». Sirve para confirmar que la autorización existe y qué vehículo tiene adscrito; la vía de otorgamiento, pídesela al vendedor.
  3. Confírmalo con la comunidad competente. El criterio no es idéntico en toda España y tres administraciones lo formulan de tres maneras distintas.

Qué dicen tres administraciones

Son las tres que se pronuncian por escrito y que hemos verificado (15 de septiembre de 2026). Cada cita es el criterio de esa administración; no lo extendemos a las demás.

  • Generalitat Valenciana

    «Si la transmisión va acompañada de la adscripción de un nuevo vehículo, este deberá reunir las características técnicas establecidas en el artículo 181.2 del RD 1211/1990 […] Adicionalmente, deberá tenerse en cuenta la fecha de otorgamiento de la autorización, en cuyo caso podría aplicarse los condicionantes medioambientales del artículo 99.5 de la Ley 16/1987.»

    En una transmisión con vehículo nuevo, la Generalitat mira la fecha de otorgamiento para decidir si aplica el 99.5. Escribe «podría»: no lo da por automático.

    Fuente: Solicitud de transmisión de autorización VTC (procedimiento G20558)
  • Comunidad de Madrid

    «La Administración concede una autorización por vehículo. […] Podrás sustituir tus vehículos por otros siempre que los nuevos cumplan los mismos requisitos de titularidad, potencia fiscal, longitud, antigüedad y clasificación ambiental.»

    La autorización es por vehículo y el sustituto hereda los requisitos del original, clasificación ambiental incluida.

    Fuente: Autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC)
  • Diputación Foral de Álava

    «Debido a la situación administrativa actual, no resulta recomendable adquirir autorizaciones mediante transmisión, puesto que el trámite posterior a su transmisión es el mismo que para un alta nueva, y puede solicitarse un alta nueva abonando la tasa administrativa ante el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.»

    Es el criterio de la Diputación, acotado a «la situación administrativa actual»: quien compra por transmisión en Álava pasa después por el mismo trámite que un alta nueva. No es una recomendación nuestra.

    Fuente: Autorizaciones de arrendamiento de vehículo con conductor VTC-N

Lo que no afirmamos: ni que comprar obligue siempre a un eléctrico, ni que en una provincia concreta no aplique. Depende de la autorización que compres y de lo que diga la comunidad que la domicilia. Confírmalo con ella antes de firmar.

¿Has considerado solicitar una licencia nueva?

Si tu provincia tiene la concesión abierta, solicitar suele ser más barato que comprar en el mercado secundario. Sin precio de licencia que negociar, sin historial de titular anterior.

Comprobar si mi provincia está abierta →

Nota de autoría: Esta guía la elabora el equipo de Licencias VTC España (YARLCRACH SL, CIF B72676562 · Calle Julián Camarillo 10 – Local 215, 28037 Madrid). Somos una empresa joven y especializada que compite por transparencia en un sector opaco: publicamos nuestra metodología de precios, que separa el precio de anuncio del precio de cierre, y mantenemos el seguimiento del estado de concesión de las 50 provincias. Normativa citada: LOTT (Ley 16/1987), Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, Decreto-ley 2/2025 de Andalucía y la sentencia del TJUE de 2023 sobre el ratio 1/30. Última actualización: 17 de septiembre de 2026.

Resuelve tus dudas

Preguntas frecuentes sobre comprar una licencia VTC

No necesariamente. Depende de cuándo y por qué vía se otorgó la autorización: si se concedió por la excepción del artículo 99.5.a) de la LOTT —por ser el vehículo eléctrico de batería, de célula de combustible o de hidrógeno—, la propia ley dice que la autorización «únicamente habilitará» con un vehículo de esas categorías, y esa vinculación viaja con la autorización. Si se otorgó antes del Real Decreto-ley 5/2023 o por otra vía, la excepción no fue su vía de otorgamiento y cómo se le aplica hoy el criterio lo decide la comunidad que la domicilia. Pide al vendedor la resolución de otorgamiento y confírmalo con la comunidad competente: qué comprobar antes de firmar.
Tres comprobaciones: la fecha y la vía de otorgamiento en la resolución que debe facilitarte el vendedor; la consulta pública del Registro de Empresas y Actividades de Transporte (CREAT), que muestra los títulos en vigor y el vehículo adscrito; y la confirmación con la comunidad autónoma que domicilia la autorización, porque el criterio no es idéntico en toda España. La Comunidad de Madrid, la Generalitat Valenciana y la Diputación Foral de Álava se pronuncian por escrito y las citamos en esta página.
Sí, la compraventa de licencias VTC entre particulares o empresas es completamente legal en España. El marco jurídico está regulado por la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) y el Real Decreto 1057/2015, que permiten la transmisión de titularidad de las autorizaciones VTC siempre que se cumplan los requisitos administrativos y el nuevo titular esté dado de alta en el REAT.
No. La transmisión de una autorización VTC no está sujeta a IVA ni a ITP, con independencia de que el vendedor sea particular, autónomo o empresa: es una operación no sujeta conforme al artículo 7.1º de la Ley 37/1992 (LIVA). El vendedor debe emitir factura haciendo constar expresamente esa no sujeción. Solo si la operación se elevara a escritura pública —algo innecesario en la práctica y que no recomendamos— se devengaría AJD por la escritura. Los honorarios de intermediación y gestión sí llevan IVA (21 %), como cualquier servicio. Nuestros gestores VTC te acompañan en todos los trámites fiscales.
Sí, es posible comprar una licencia VTC con pago aplazado, aunque depende de la negociación con el vendedor. Lo habitual es una señal del 20-30% en la firma del contrato privado y el resto a la transferencia de titularidad. Algunas entidades financieras ofrecen financiación específica para concesiones de transporte, con el propio activo como garantía.
La transferencia de titularidad tarda entre 15 y 30 días hábiles desde que se presenta el expediente completo ante la Comunidad Autónoma. En Madrid y Barcelona los tiempos suelen ser 20-30 días. Una documentación incompleta puede duplicar el plazo, de ahí la importancia de preparar el expediente correctamente desde el inicio.
La transferencia de titularidad queda bloqueada si la licencia tiene cargas administrativas, sanciones firmes o deudas con la Administración. Por eso realizamos una due diligence completa antes de cerrar cualquier operación: verificamos el estado en el Registro de Transportistas, consultamos el expediente sancionador y solicitamos certificado de no deuda. Si detectamos cargas, negociamos su cancelación como condición previa o descartamos la operación.
No necesitas ser autónomo previo, pero sí debes estar dado de alta en el IAE y en el REAT en el momento de la transmisión. Puedes tramitar el alta como autónomo o constituir una sociedad de forma simultánea a la compra. Lo habitual es que ambos trámites coincidan con las primeras semanas de due diligence. Coordinamos tu expediente con profesionales especializados en transporte para definir la estructura jurídica más adecuada.
Sí, puedes comprar una licencia VTC sin experiencia previa en el transporte. La normativa no exige experiencia mínima al comprador, solo el alta en el REAT y en el IAE en el momento de la transmisión (LOTT y Real Decreto 1057/2015). El perfil habitual del comprador en el mercado secundario es el de un inversor o empresario de otro sector que adquiere la licencia como activo de renta. Nuestro equipo te explica los modelos de explotación posibles según tu perfil.
Una licencia VTC activa tiene vehículo adscrito en situación regular, ITV al corriente y está operando. Una licencia inactiva (o 'parada') es aquella cuyo vehículo ha sido dado de baja o cuya actividad ha cesado temporalmente. Las licencias inactivas se venden a precio inferior pero pueden requerir rehabilitación administrativa previa a la transferencia, lo que alarga el plazo entre 30 y 90 días adicionales. Lo verificamos siempre antes de cerrar cualquier operación.

Publicado por Licencias VTC España · licenciasvtcespana.com · Actualizado: 17 de septiembre de 2026

Lo más importante para comprar una licencia VTC en España (2026)

  • El cierre de una licencia interurbana sola va de 10.000 € en Extremadura a 180.000 € en Illes Balears, y el de una urbana, de 58.000 € en Alicante a 230.000 € en Illes Balears. No existe un precio medio nacional útil: consulta el rango de tu provincia (índice de mercado de Licencias VTC España, agosto 2026).
  • La transferencia de titularidad tarda entre 15 y 30 días hábiles desde la presentación del expediente completo.
  • No se conceden licencias nuevas en Andalucía, la Comunitat Valenciana, Canarias, Illes Balears, la Comunidad de Madrid y Barcelona: en esas plazas el mercado secundario es la única vía real en 2026.
  • La transmisión no está sujeta ni a IVA ni a ITP (art. 7.1º de la Ley 37/1992): el vendedor factura la operación como no sujeta. Solo los honorarios de intermediación y gestión llevan IVA (21 %).
  • No se necesita experiencia previa en el sector: solo el alta en el REAT y el IAE en el momento de la transmisión.

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